Cochinillos, multas y cintas de video

cochinillo.jpg Por fin tenemos sentencia por el caso del cochinillo y lanzamientos varios (me parece que una botella de whisky también voló por los aires) y que llegaron a provocar una suspensión temporal del partido. Casi se nos había olvidado, y es que ha llevado más de dos años decidir, es lo que tiene recurrir a la justicia ordinaria (por cierto, algo que condena la FIFA, la UEFA, la RFEF,… privilegios de los grandes).

La sanción establece una multa de 4.000 euros, y el Barcelona evita el cierre de su estadio por dos partidos, que a fin de cuentas es lo que andaba buscando.

Pero lo que más me ha sorprendido es lo que he leido en Sport:

“El Comité aplica ahora esta sanción, la máxima permitida, en base de la nueva redacción del artículo 118 de los Estatutos de la RFEF, aprobado por la Asamblea de 2003 a propuesta de la Liga de Fútbol Pprofesional (LFP), en la que no se contempla el cierre de instalaciones.”

Así que si no he entendido mal los propios clubes se han propuesto, a si mismos, no cerrarse campos. Como mucho una multa de 4.000 euros, una miseria para estos equipos. No me parece la mejor forma de fomentar la vigilancia sobre los energúmenos que campan por todos los estadios.

Me pregunto si esta sería la sanción adecuada cuando aquellos “aficionados” del Sevilla agredieron con la muleta a un guardia jurado. O si pasase lo que se ve en Italia como tirar una moto de una grada a otra. O la renacida afición por las bengalas, hasta que vuelva a pasar algo otra vez. Y es que solo se reacciona cuando es tarde

Y a vosotros, ¿qué os parece todo esto?

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